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Noticaribe






Revés a Fonatur en la Costa Maya


Abr
25
2005

La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) le asestó un duro golpe al Fondo Nacional de Turismo (Fonatur) y a los planes de desarrollo en la zona sur del estado, al rechazar el “proyecto turístico Costa Maya”, mediante el cual este organismo federal buscaba urbanizar y lotificar un predio costero de 61 hectáreas para permitir la construcción de los primeros grandes hoteles en la zona conocida como “El Uvero”.

Aunque Fonatur puede volver a intentar obtener los permisos ambientales, para ser aceptado tendría que modificar sustancialmente algunas de las obras previstas, pero los hoteles que allí se pretendan construir tendrían que obtener sus propios permisos de construcción en una zona que tiene serias restricciones por la existencia de humedales costeros.

El 17 de diciembre del 2004, Novedades de Quintana Roo publicó en exclusiva que el Fonatur planeaba invertir en un periodo de 17 años poco más de 375 millones de pesos en la introducción de la infraestructura básica para poder desarrollar y comercializar 61 hectáreas ubicadas a unos 23 kilómetros al nornoreste del poblado de Mahahual, en la zona donde actualmente se encuentra el parador turístico y el muelle de “El Uvero”, en el municipio de Othón P. Blanco, para lo cual presentó un amplio estudio de impacto ambiental para obtener los permisos federales correspondientes.

Sin embargo, la Semarnat –de acuerdo al oficio S.G.P.A/DGIRA.DEI.0770.05 de la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental, firmado por Ricardo Juárez Palacio el 18 de marzo del 2005 y dirigido a Guillermo Guzmán Núñez, subdirector de Proyectos y Estrategia de Desarrollo del Fonatur, que lo recibió el 6 de abril— ya resolvió negando la autorización al proyecto por contravenir las disposiciones 4.1, .4.13, 4.14, 4.16 y 4.43 de la Norma Oficial Mexicana NOM-022-SEMARNAT-2003 que establece las especificaciones para la preservación, aprovechamiento sustentable y restauración de los humedales costeros en zonas de manglar.

Y es que en este punto, la Semarnat consideró que la construcción del Boulevard Turístico, una de las obras incluidas en el proyecto, pondrá en riesgo la integralidad del humedal, “al afectarse la hidrodinámica superficial, como consecuencia del patrón hidrológico e infiltración pluvial que se presenta en la zona”.

Además, se precisó que “el diseño del Boulevard Turístico no contempló instalar drenes o alcantarillas perpendiculares, transversales o alguna otra alternativa que permitiera el libre flujo del agua y de la luz bajo el mismo, para comunicar las zonas al este y al oeste del mismo, con el consecuente paso de especies de fauna que se distribuyen en la franja de vegetación del ecotono selva-humedal”.

La Semarnat también juzgó que el proyecto contraviene lo dispuesto por los criterios ecológicos General y TA-13 del Decreto por el cual se establece el Programa de Ordenamiento Ecológico Territorial de la Región Costa Maya, publicado el 22 de marzo de 1996 en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Quintana Roo.

De acuerdo a la MIA de este proyecto, durante las fases de preparación del sitio y construcción del equipamiento y urbanización, es decir prácticamente sólo para el Boulevard Turístico y banquetas, se tenía estimada una afectación de 47 mil 355.71 metros cuadrados de vegetación de selva baja subperennifolia alterada correspondiente al 8.97% de este componente vegetal registrado dentro del predio y 1,568.89 m2 de vegetación ecotónica selva-humedal equivalente al 1.76% del componente representado en el predio.

Además de que la superficie de afectación en las áreas de aprovechamiento (lotificación), que ejecutarían los adquirientes de los lotes durante tiempos no definidos, comprenden una superficie de 564 mil 138.83 metros cuadrados que corresponden al 91.27 por ciento de la propiedad, pero por restricción de uso y aprovechamiento de suelo, no podrá superar el 50 por ciento de la propiedad, así la superficie máxima a afectar por este concepto se encuentra alrededor de los 282 mil 069.42 m2, valor que corresponde al 45.63 por ciento del total del predio

El resolutivo de la Semarnat consignó varias opiniones técnicas que fueron claves para tomar la decisión de negarles los permisos y entre éstas destaca la observación de la Dirección General de Política Ambiental e Integración Regional y Sectorial de la Subsecretaría de Planeación y Política Ambiental de la Semarnat que apunta que “en términos generales la instalación de infraestructura para vialidades y servicios es congruente con lo que el POET de la Costa Maya establecer para las UGAS Tu 14, Tu 15 y Tu 16, (…) pero no sucede lo mismo en el caso de la UGA Cn 7, donde en principio, el equipamiento y la infraestructura son usos de suelo incompatibles”.

Además de que señaló que “los asentamientos humanos son un uso de suelo incompatible en las cuatro UGA´s que involucra, por lo que no podrá llevarse algún desarrollo que los incluya”. (Noticaribe)




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    • Alberto: algun favor le debe el gober..., antes por lo meno [entry]
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