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Aprueban licencia paterna remunerada

La figura será implantada en el estado para permitir a los padres burócratas que estén cerca de sus esposas, incluso desde que ella, tengan problemas durante el embarazo.

Feb
29
2008

CHETUMAL, MX.- Las comisiones unidas de Puntos Legislativos y de Hacienda, Presupuesto y Cuenta Pública, aprobaron el dictamen de la iniciativa por la que se crea la figura de Licencia de Paternidad Remunerada, la cual otorgará derechos a los trabajadores varones, similar a los que se otorgan por ley a las madres trabajadoras en situación de embarazo.

Esta licencia fue propuesta por el diputado Manuel Valencia Cardín y consiste en otorgarle al padre trabajar un periodo de tiempo remunerado para que acompañe y cuide al hijo, garantizándole de esta manera el ejercicio pleno de su derecho fundamental al cuidado y amor, asimismo apoye y ayude a la madre tanto en situaciones extremas como en la nueva organización doméstica que un hijo trae al seno familiar.

Con esto, la Licencia de Paternidad Remunerada se sujetará a las siguientes reglas y modalidades: primero concederá diez días hábiles con el pago de salario íntegro, la cual podrá prorrogarse, a elección del trabajador, por cinco días hábiles con la reducción del 50% del salario y por otros cinco días hábiles más con reducción del 75% del salario.

También podrá ser de veinte días hábiles con el pago de salario íntegro, cuando el hijo nacido o adoptado presente alguna discapacidad conforme a la Ley de Protección y Desarrollo Integral para las Personas con Discapacidad del Estado.

En otro caso puede resultar una licencia de veinte días hábiles con el pago de salario íntegro, cuando la madre presente una complicación grave de salud durante el embarazo o parto, que le dificulte o impida proporcionar los cuidados maternales necesarios al hijo recién nacido, o este presente al momento de nacer alguna afectación grave en su salud.

De acuerdo con el dictamen aprobado, para el ejercicio del derecho a la Licencia de Paternidad Remunerada, el trabajador deberá acreditar la posesión de estado civil de casado con la madre del menor o el reconocimiento como hijo de éste, y que exhiba con su solicitud, el certificado médico de nacimiento del hijo o la resolución judicial que autorice la adopción o depósito del menor con el presunto o presuntos adoptantes y, en su caso, el dictamen médico relativo al estado de gravedad de la salud de la madre o del hijo recién nacido.

Asimismo, la solicitud de Licencia de Paternidad Remunerada que formule el trabajador será resuelta en un término de veinticuatro horas y que deberá iniciar en los tres primeros días del nacimiento o de la adopción o depósito del menor con el presunto o presuntos adoptantes, con el propósito de que el trabajador se incorpore de inmediato en todos los procesos que implica el nacimiento o adopción de un hijo.

Con esta iniciativa de alto contenido social promovida por el presidente de la Gran Comisión, diputado Manuel Valencia Cardín y que ya fue aprobada en comisiones, se busca diseñar una política pública que atienda y entienda que los cuidados, la educación y el desarrollo de los hijos, así como la comprensión de la experiencia de la maternidad y de la paternidad, es una responsabilidad común de hombres y mujeres.

Finalmente, el coordinador de la XI Legislatura Manuel Valencia, espera que sus compañeros legisladores estén interesados en aprobar el dictamen en el periodo extraordinario, pues ha platicado con los otros diputados y existe el interés por otorgar este beneficio a los trabajadores, por lo que de aprobarse en el periodo extraordinario, la clase trabajadora verá cristalizado este beneficio para los trabajadores varones y por consiguiente, para la familia. (Fuente: diario Quequi)

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