Ventilan falsificaciones de hoteles en conflicto con Profepa en Tulum
En entrevista con El Periódico, expone funcionario de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente irregularidades detectadas en la presentación de documentos de los hoteles Alturnature y Diamante K, que sólo agravan sus problemas.CANCUN, MX.- Para argumentar que cuentan con permisos en materia de impacto ambiental, promoventes del proyecto de Alternature, ubicado dentro del Parque Nacional Tulum, presentaron a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), una copia presuntamente falsificada sobre un oficio en el que la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental (DGIRA), supuestamente les exentó de presentar la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA), lo que acentúa las faltas cometidas por el desarrollador.
En tanto, el hotel Diamante K, ha pretendido acreditar mediante un contrato de arrendamiento a un ejidatario, que no necesitaba de autorización de impacto ambiental, para respaldar la construcción de lo que hoy son sus instalaciones.
El director de Impacto Ambiental y Zona Federal de la Profepa, Raziel Villegas, dijo en entrevista con El Periódico, que en el caso de las obras de Alternature, sobre la cual pesa una doble clausura por parte de la dependencia y del Instituto de Antropología e Historia (INAH), la presentación de un documento supuestamente falsificado, agrava su situación.
En el segundo caso, la dependencia sostiene que un contrato de arrendamiento no es prueba a favor del propietario -el actor Roberto Palazuelos- pues con ello no acredita que las obras actuales no existían antes de adquirir la propiedad a otro particular. “El señor Palazuelos lo sabe. Él compró un terreno o lo adquirió luego de un litigio y argumenta que ya estaba construido a través de un contrato de arrendamiento que hizo valer al momento de los procedimientos.
“El contrato que él me presenta está fechado en abril de 1989; la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente (Legeepa), entró en vigor a principios de 1988. El contrato de aquella época habla de que se van a construir cabañas, obras a futuro, lo que significa que no se habían edificado”, aclaró.
La inferencia hecha por el entrevistado es que si la Legeepa –que establece que se debe contar con autorización de impacto ambiental en el caso- entró en vigor en 1988 y el contrato de arrendamiento es de 1989 y especifica que se construirían cabañas a futuro… dicha ley ya le aplicaba porque las obras que actualmente conforman el Diamante K no existían y su edificación posterior requería de la autorización que no tramitaron, lo que motivó la clausura aplicada por la Profepa, a principios de este mes.
“Yo se lo hice saber al señor Palazuelos y él me respondió que como eso lo adquirió a través de un litigio, pues no le dieron los papeles completos y se aventó la puntada de decirme que yo consiguiera esa documentación.
“Desafortunadamente para el señor, no es mi obligación ni mi facultad de andar consiguiendo esos documentos; él es el que tiene el problema y él es quien tiene que acreditar que lo que dice es verdad”, subrayó.
Villegas Nuñez, quien comandó los operativos de inspección y clausura en algunas de las materias, motivo de las revisiones a varios hoteles ubicados dentro de las 692 hectáreas que conforman el polígono de Parque Nacional y Zona de Monumentos Arqueológicos de Tulum Tankah, narró que los representantes de Alternature aseguraron contar con una exención en materia de impacto ambiental, lo cual le pareció extraño.
“Solicitamos que lo acreditaran y nos presentaron una copia de fax, de un oficio, en donde en un párrafo dice que fue emitido por la DGIRA de la Semarnat y que dicha autoridad sí cuenta con elementos para resolver sobre la solicitud en la materia. Lo que no dice es qué fue lo que resolvió y hasta ahí llega”, abundó.
Villegas Nuñez ya había solicitado a la DGIRA una copia certificada de ese mismo oficio y le fue entregada junto con el antecedente, lo que le permitió cotejar la presunta excención exhibida por Alternature.
“Y ese oficio que me presentaron en copia, yo creo que fue alterado; no soy perito en ‘documentoscopia’, pero se ve ahí una rayita como si le hubieran pegado un cuadrito encima y además le faltan párrafos.
“El documento que tengo en copia certificada y que hace prueba plena, dice que hubo una solicitud para excentarlos en presentar una MIA y la DGIRA le contesta que con la información y datos que le presentaron, la autoridad no está en posibilidades de resolver y le dice que con fundamento en el artículo 17-A de la Ley General de Procedimiento Administrativo (Lefepa), ‘te pido que en un plazo de cinco días, me especifiques la georeferenciación del predio y si está o no dentro de un área natural protegida’”, prosiguió.
Se le advirtió al promovente que si el plazo vencía sin que se le entregase la información, se le negaría la autorización, lo cual sucedió.
“Alternature, al sexto día, cuando ya se había vencido el plazo, pidió la prórroga y la DGIRA respondió que no, porque la información requerida era muy simple. Eso significa que no tienen la excención y que ellos presentaron una copia fotostática que dice que sí, entonces aquí no sólo hay una falta administrativa, sino un delito probable por alteración de documentación oficial”, sostuvo. (Fuente: El Periódico)
